Fondos de capital para la construcción: una nueva oportunidad para la financiación de buques en las vías navegables interiores

James Kearns18 noviembre 2023
©Carisa Mitchell/Adobe Stock
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Los cambios recientes han abierto el programa del Fondo de Capital para la Construcción a los propietarios y operadores de embarcaciones en las vías navegables interiores de Estados Unidos.

Entre los programas ofrecidos por el Departamento de Transporte de los EE. UU. a través de la Administración Marítima (MARAD) para promover el crecimiento y la modernización de la industria marítima de los EE. UU., el programa Capital Construction Fund (CCF) es uno que en gran medida no ha estado disponible para los propietarios y operadores de buques en las vías navegables interiores... hasta ahora.

Creado por la Ley de Marina Mercante de 1936, el programa CCF permite al propietario u operador de una embarcación elegible con bandera de EE. UU. diferir los impuestos federales sobre los ingresos de la operación de la embarcación, la depreciación de la embarcación y las ganancias de la venta de la embarcación. , excluyendo de la renta imponible cualquier cantidad de dichas fuentes que se deposite en una cuenta CCF. Los depósitos en una cuenta CCF se pueden invertir en efectivo y equivalentes de efectivo, valores que devengan intereses y acciones ordinarias y preferentes, y las ganancias de dichas inversiones no están sujetas a impuestos mientras estén en la cuenta.

Los retiros de una cuenta CCF no están sujetos a impuestos si se utilizan para la construcción, adquisición o reconstrucción de una embarcación calificada con bandera de EE. UU. o para el retiro de la parte principal de la deuda incurrida para tales fines. La base imponible del nuevo buque se reduce en la cantidad retirada. Los montos depositados en una cuenta CCF pueden permanecer en la cuenta por hasta 25 años.

Los buques para los cuales se pueden depositar dichos fondos en una cuenta CCF se han definido ampliamente para incluir, con pocas excepciones, todos los buques de bandera estadounidense construidos o reconstruidos en los EE. UU. que participan en el comercio interno y externo de los EE. UU. Sin embargo, los retiros calificados del fondo se han restringido, hasta hace poco, a la adquisición, construcción o reconstrucción en los EE. UU. de embarcaciones con bandera estadounidense que operan en el extranjero, en los Grandes Lagos, en el comercio interno no contiguo o en el transporte marítimo de corta distancia de los EE. UU. El programa CCF también está disponible para los propietarios y operadores de embarcaciones que participan en la pesca de los EE. UU., pero esta parte del programa CCF es administrada por separado por el Departamento de Comercio de los EE. UU.

Dentro de su alcance original, el programa CCF ha sido claramente un éxito. Actualmente hay más de 2.500 millones de dólares depositados en cuentas CCF en poder de más de 140 accionistas. Pero las restricciones comerciales geográficas sobre los buques para los cuales se podían realizar retiros calificados impidieron que el programa CCF ofreciera muchos beneficios a los propietarios y operadores de buques dedicados al comercio interno en las vías navegables interiores.

Eso cambió en gran medida con la aprobación de la Ley de Autorización de Defensa Nacional James M. Inhofe para el año fiscal 2023. La sección 3544 de la NDAA eliminó las restricciones comerciales geográficas para que ahora se puedan realizar retiros calificados bajo el programa CCF para la adquisición. construcción y reconstrucción de embarcaciones con bandera estadounidense que participan en el “comercio exterior o interno de los Estados Unidos”. Los propietarios y operadores de remolcadores y barcazas en vías navegables interiores, embarcaciones de servicio portuario y transbordadores de pasajeros y automóviles en todo Estados Unidos se encuentran entre los ejemplos enumerados en el sitio web de MARAD de quiénes ahora se pueden beneficiar de esta expansión del programa CCF.

El programa CCF ampliado tiene el potencial de beneficiar a los propietarios y operadores de embarcaciones en las vías navegables interiores de varias maneras. Primero, dado que el programa CCF no es un programa de subvenciones, no depende de la autorización y asignación periódica e impredecible de fondos por parte del Congreso, ni de que un solicitante compita exitosamente contra otros solicitantes por los fondos limitados disponibles dentro de una subvención específica. programa para un año determinado. Cada fondo del programa CCF se rige por un acuerdo entre el titular del fondo y MARAD que se adapta a las necesidades y circunstancias específicas del propietario u operador de la embarcación dentro de los parámetros especificados por las regulaciones aplicables. La financiación de cada cuenta CCF proviene únicamente del titular del fondo.

Además, ha habido indicios iniciales de que las regulaciones que MARAD desarrollará para reflejar el programa CCF ampliado pueden incluir específicamente dentro del término "reconstrucción" de una embarcación la repotenciación de un remolcador y la aplicación de un revestimiento nuevo o renovado a una barcaza. La repotenciación de los remolcadores es un proceso continuo entre los propietarios y operadores de embarcaciones en las vías navegables interiores para permitirles manejar remolques de mayor tamaño y cumplir con los aumentos programados en los estándares de emisiones de la Agencia de Protección Ambiental de EE. UU. La aplicación de nuevos revestimientos a las barcazas que operan en vías navegables interiores también es algo habitual como resultado del desgaste normal durante la vida útil económica de una barcaza.

La transferencia de embarcaciones de un propietario u operador a otro también ocurre con cierta frecuencia dentro del sistema de vías navegables interiores, por lo que los fondos en una cuenta CCF podrían ser utilizados por el tenedor del fondo en un retiro calificado para la adquisición de embarcaciones adicionales.

Una forma de financiación que los operadores de embarcaciones utilizan con frecuencia para adquirir embarcaciones utilizadas en las vías navegables interiores es que una institución financiera sea propietaria de la embarcación con un contrato de arrendamiento o fletamento al operador. El programa CCF podría resultar atractivo para una institución financiera que tenga un plan a largo plazo para proporcionar dicho financiamiento, permitiéndole diferir el impuesto sobre la renta sobre los pagos de arrendamiento que recibe y realizar retiros libres de impuestos para financiar futuros financiamientos de arrendamiento de embarcaciones.

Un factor que hace que el financiamiento del arrendamiento sea atractivo tanto para los arrendadores de instituciones financieras como para los arrendatarios de operadores de embarcaciones es la disponibilidad para el arrendador de los beneficios fiscales que se derivan de la propiedad de la embarcación. Debido a que estos beneficios fiscales son parte del rendimiento económico que el arrendador recibe de su inversión, el arrendador a menudo puede ofrecer al arrendatario operador de embarcaciones una tasa de arrendamiento más favorable que la tasa de interés en un acuerdo de préstamo convencional. Este es especialmente el caso cuando los arrendadores disponen de bonificación de depreciación. En 2022, el porcentaje de depreciación adicional era del 100%, pero según la ley actual, la depreciación adicional disminuye en un 20% cada año a partir de entonces y se eliminará por completo para las propiedades puestas en servicio después del 31 de diciembre de 2026. Aunque todavía habrá beneficios fiscales para arrendadores de la propiedad de los buques, la pérdida de la depreciación adicional podría hacer que los beneficios fiscales adicionales proporcionados por el programa CCF sean de mayor interés para las instituciones financieras que pretenden permanecer en el financiamiento del arrendamiento de buques a largo plazo y para los operadores de buques que buscan dicho financiamiento.

A finales de julio se propuso una mayor expansión del programa CCF mediante la introducción en la Cámara de Representantes de Estados Unidos del proyecto de ley HR 4993, para ampliar el programa CCF a los operadores de terminales marítimas. El proyecto de ley permitiría a los operadores de terminales marítimas depositar una parte de sus ingresos operativos sujetos a impuestos en una cuenta CCF y utilizar esos fondos con impuestos diferidos para cubrir los costos de la transición a equipos de manejo de carga con emisiones cero y casi cero. Presentado por los representantes Mike Ezell (R-Miss.) y Troy Carter (D-La.), el proyecto de ley ha sido remitido al Subcomité de Guardia Costera y Transporte Marítimo del Comité de Transporte e Infraestructura de la Cámara de Representantes.

Categorías: Barcazas, Construcción naval, Costero / tierra adentro